Micelio

Artículo 47

Auto De Proceder

Decreto 955 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto Penal Aduanero

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auto de proceder. El Juez dictará auto de proceder cuando, encontrándose en desacuerdo con la solicitud fiscal de sobreseimiento definitivo o de archivo del sumario, considere que hay mérito para llamar a juicio al sindicado, y cuando la acusación no comprenda delitos conexos, por los cuales deba responder el sindicado, caso en el cual lo llamará a juicio por la totalidad de los delitos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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