Españoles en condición de nacionales colombianos. Tan pronto como los españoles de origen hayan cumplido las diligencias de juramento y de inscripción a que se refiere el artículo 2.2.4.2.2 del presente decreto, gozarán de la condición de nacionales colombianos, en la forma regulada por el Convenio de nacionalidad entre Colombia y España de 1979 y por las leyes de Colombia.
Decreto 1067 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.4.2.6
Españoles En Condición De Nacionales Colombianos
Decreto 1067 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.