Envase y rotulación para leche pasteurizada o irradiada . Los envases para la leche pasteurizada o irradiada podrán ser desechables o reutilizables. Los desechables y reutilizables llevarán impresa una leyenda en caracteres visibles que comience con la palabra "leche" seguida del nombre del proceso de higienización correspondiente y de la indicación, cuando sea del caso, de su condición de entera, semidescremada o descremada o entera recombinada. A renglón seguido deberá colocarse la siguiente frase: "Manténgase refrigerada y después de abierta consúmase en el menor tiempo posible". Así mismo se indicará el nombre comercial del producto, su cantidad expresada en centímetros cúbicos y el número de la licencia correspondiente. Los envases reutilizables llevarán impresa una leyenda en caracteres visibles que comience con la palabra "leche" seguida del nombre del proceso de higienización correspondiente, a renglón seguido deberá colocarse la siguiente frase: "Manténgase refrigerada y después de abierta consúmese en el menor tiempo posible". Así mismo se indicará el nombre del producto, su cantidad expresada en centímetros cúbicos y el número de la licencia sanitaria; en la tapa de estos envases, deberá indicarse en caracteres visibles la condición de entera, semidescremada, descremada o entera recombinada cuando sea del caso. La leche pasteurizada o irradiada tiene como fecha de. vencimiento cuarenta y ocho (48) horas después de envasada.
En la tapa de los envases reutilizables y en los desechables, llevará escrito el nombre del día correspondiente a la fecha de vencimiento.
Para efectos de la rotulación de la "leche irradiada" el Ministerio de Salud podrá exigir requisitos adicionales a los señalados en el presente Decreto.