Micelio

Artículo 3

Ley 129 de 1994 · por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los 442 años de la fundación de la benemérita ciudad de Ibagué, Capital del Departamento del Tolima, y se autorizan unas inversiones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional y específicamente el Ministerio de Hacienda queda facultado para realizar las correspondientes operaciones presupuestales por intermedio del municipio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 129 de 1994