Micelio

Artículo 36

Cuando Haya Desacuerdo Entre Los Representantes Legales, O Se Desconozca El Domicilio O Residencia De Uno O De Ambos, El Cónsul Podrá Expedir Pasaporte Previa Comprobación Sumaria De Los Hechos Y De Las Condiciones Socio-Familiares

Decreto 1700 de 1990 · por el cual se reglamenta la expedición de pasaportes.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando haya desacuerdo entre los representantes legales, o se desconozca el domicilio o residencia de uno o de ambos, el cónsul podrá expedir pasaporte previa comprobación sumaria de los hechos y de las condiciones socio-familiares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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