Micelio

Artículo 39

División De Programa Anual Mensualizado De Caja, Pac

Decreto 246 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC . Son funciones de la División de Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC de la Subdirección Operativa de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, las siguientes

1.

Asesorar al Subdirector en la formulación de políticas, estrategias, programas, procedimientos y planes de acción relacionados con las funciones del área.

2.

Velar por el cumplimiento de las políticas y de los procedimientos establecidos; recomendar y aplicar las modificaciones que se consideren necesarias.

3.

Gestionar ante las distintas instancias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y del Departamento Nacional de Planeación, el suministro de la información para el estudio y la asignación del PAC.

4.

Presentar para su evaluación y aprobación ante la instancia competente de esta Dirección, la propuesta de distribución del PAC básico y tramitar la formalización de la aprobación respectiva.

5.

Analizar y evaluar las modificaciones al PAC asignado a los órganos ejecutores, elaborar la respectiva propuesta de modificación y presentarla para su aprobación ante la instancia competente de esta Dirección; velar por su formalización, registro y comunicación.

6.

Efectuar seguimiento a los movimientos presupuestales y realizar los ajustes a que haya lugar en las metas de pago.

7.

Prestar asesoría a los órganos ejecutores relacionadas con el PAC, así como atender las consultas y requerimientos relacionados con el manejo del mismo.

8.

Elaborar y mantener actualizado el Manual de Tesorería para la administración del PAC y divulgarlo a los órganos ejecutores.

9.

Informar a las Subdirecciones Financiera y Operativa el PAC asignado a los órganos ejecutores, cuya ejecución se realizará con cargo a los recursos de los fondos administrados por esta Dirección; hacer seguimiento y efectuar los ajustes respectivos. 10.Adelantar las acciones necesarias para el reintegro de los recursos girados en exceso, por efecto de reducciones presupuestales. 11. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 246 de 2004