Micelio

Artículo 27

Decreto 3139 de 2006 · por el cual se dictan las normas relacionadas con la organización y funcionamiento del Sistema Integral de Información del Mercado de Valores -SIMEV-, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Régimen de Transición del RNPMV. Todas las personas naturales obligadas a inscribirse en el RNPMV podrán continuar desempeñando las actividades a que se refiere el presente decreto hasta el 31 de diciembre de 2007 sin que para ello se requiera ningún trámite adicional. A partir de esta fecha, solamente las personas naturales que hayan adelantado el proceso de certificación de conformidad con las normas establecidas en el presente decreto, y que por tanto, se encuentren inscritas en el RNPMV podrán continuar actuando en el mercado de valores, so pena de las sanciones a que hubiere lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3139 de 2006