°. Fíjanse las siguientes edades para los aspirantes a Cadetes de la Escuela Militar: Curso General Para 1º y 2º año, no ser menor de diez y seis (16) años, ni mayor de veinte (20), y Para tercer año, no ser menor de diez y siete (17) años, ni mayor de veintidós (22).
Decreto 46 de 1940 →Vigente
Artículo 1
Fíjanse Las Siguientes Edades Para Los Aspirantes A Cadetes De La Escuela Militar: Curso General Para 1º Y 2º Año, No Ser Menor De Diez Y Seis (16) Años, Ni Mayor De Veinte (20), Y Para Tercer Año, No Ser Menor De Diez Y Siete (17) Años, Ni Mayor De Veintidós (22)
Decreto 46 de 1940 · Por el cual se modifica el prospecto de admisión para los aspirantes a cadetes de la Escuela Militar, aprobado por Decreto número 2268 de 1939.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.