Obligaciones, Deberes y Derechos. Cualquier persona a quien se le solicite deberá suministrar oportunamente a la Administración la información para la verificación del valor declarado en una importación, aportar las pruebas que soporte la determinación de dicho valor, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 108 del Decreto 1909 de 1992. Cuando la información aportada para efectos de la valoración en aduana tenga carácter confidencial, no será revelada por las autoridades tributarias y aduaneras sin la expresa autorización de la persona o del Gobierno que la haya suministrado, salvo orden de autoridad judicial.
Decreto 2615 de 1993 →Vigente
Artículo 23
Obligaciones, Deberes Y Derechos
Decreto 2615 de 1993 · por el cual se establecen disposiciones para la aplicación de las normas sobre valoración aduanera del valor del GATT y de la Decisión 326 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.