Articulo primero . El Consejo Intendencial del Caquetá deberá ceñirse en el ejercicio de las funciones que le atribuye el artículo 13 de la Ley 78 de 1981, a las normas constitucionales y legales que rigen para las Asambleas Departamentales en relación con la presentación y expedición de ordenanzas.
Decreto 307 de 1982 →Vigente
Artículo 13
De La Ley 78 De 1981, A Las Normas Constitucionales Y Legales Que Rigen Para Las Asambleas Departamentales En Relación Con La Presentación Y Expedición De Ordenanzas
Decreto 307 de 1982 · por el cual se dictan normas para el normal funcionamiento del Departamento del Caquetá.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.