Micelio

Artículo 10

Decreto 2693 de 1983 · Por el cual se dictan disposiciones tendientes a facilitar y ejecutar los programas de reconstrucción y desarrollo de Popayán y el Departamento del Cauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 10 . Los Certificados de Desarrollo Turístico que administra la Corporación Nacional de Turismo, se otorgaran hasta el 31 de diciembre de 1988, en relación con inversiones hechas a partir de la vigencia del presente Decreto, por personas particulares, en la reconstrucción de inmuebles declarados como patrimonio histórico en el mismo departamento, previa calificación que haga de tal calidad la Corporación para la Reconstrucción y el Desarrollo del Departamento del Cauca y apruebe el Gobierno antes del 31 de diciembre de 1984, de conformidad con el reglamento que para tal efecto se expida. INVERSION EXTRANJERA E IMPORTACIONES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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