Artículo primero. El personal de construcción de aeródromos a cargo de la Dirección General de Aeronáutica Civil queda clasificado para el efecto de sus asignaciones en la misma forma establecida en el Decreto 3383 de 1948 para el personal a jornal de las construcciones militares, y no podrá devengar remuneración mayor a la fijada en ese Decreto.
Decreto 215 de 1949 →Vigente
Artículo 1
Decreto 215 de 1949 · Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con el personal o jornal de la Dirección General de Aeronáutica Civil
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.