Artículo octavo. Para la inscripción de un vehículo en el programa de subsidio, será necesario presentar a la Corporación Financiera del Transporte los siguientes documentos: Certificado expedido por el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte de la ciudad de Bogotá, para los vehículos que prestan el servicio en el Distrito Especial, o por las Direcciones o Inspecciones Departamentales o Municipales correspondientes, para los vehículos que presten servicio en el resto del país. Este certificado deberá contener: a). Nombre del propietario. b). Marca y Modelo del vehículo. c). Número del motor y/o del chasis. d). Número de la placa. e) clase de vehículo. f). Ciudad donde presta el servicio. g) Empresa a la cual está afiliado. Fotocopia autenticada de la tarjeta de operación vigente. Solicitud de Inscripción.
Los vehículos que cambien de empresa o propietario deberán inscribirse nuevamente mediante el cumplimiento de los requisitos señalados en este artículo.