Micelio

Artículo 97

Dentro Del Mes Siguiente A La Presentación De La Solicitud Para Ingreso A La Carrera De Quien Reúne Los Requisitos Legales, El Consejo Superior De La Administración De Justicia Convocará A Concurso Y Dentro De Los Dos Meses Siguientes Deberá Efectuarlo, Evaluar Sus Resultados Y Dictar La Resolución De Escalafonamiento O De No Incorporación A La Carrera

Decreto 2148 de 1983 · Por el cual se reglamentan los Decretos-leyes 0960 y 2163 de 1970 y la Ley 29 de 1973

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dentro del mes siguiente a la presentación de la solicitud para ingreso a la carrera de quien reúne los requisitos legales, el Consejo Superior de la Administración de Justicia convocará a concurso y dentro de los dos meses siguientes deberá efectuarlo, evaluar sus resultados y dictar la resolución de escalafonamiento o de no incorporación a la carrera. No podrá nombrarse reemplazo de un notario en propiedad cuya solicitud de ingreso a la carrera, ajustada a la ley en la fecha de su presentación, se encuentre pendiente de decisión. La Secretaría del Consejo Superior de la Administración de Justicia informará a los nominadores sobre estas solicitudes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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