Micelio

Artículo 2

Para Los Efectos Del Artículo 34 Del Decreto Legislativo 2349 De 1965 Se Considera Vivienda Económica Aquella Cuyo Valor No Exceda De ($ 400

Decreto 605 de 1972 · Por el cual se reglamentan los artículos 6 y 7 del Decreto número 1691 de 1960, y 34 del Decreto número 2349 de 1965

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para los efectos del artículo 34 del Decreto legislativo 2349 de 1965 se considera vivienda económica aquella cuyo valor no exceda de ($ 400.000).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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