Equipo mínimo . Para el proceso de pulverización, se deberá contar como mínimo con el siguiente equipo
Sistema de clarificación y filtrado para la eliminación de las impurezas que se encuentran en la leche cruda.
Equipo para higienización de la leche.
Sistema de concentración de sólidos que permitan la eliminación de parte del agua.
Equipo de homogenización de características que permitan que su eficiencia sea superior al 90%.
Sistema de deshidratación por desecación, congelación o cualquier otro aprobado por las autoridades sanitarias que, sin modificar sustancialmente los constituyentes naturales de la leche, permita la obtención de un producto con las características físico-químicas y microbiológicas señaladas en el presente reglamento.
Sistema para la eliminación de partículas gruesas y polvo quemado.
Equipo para envasado y empacado de la leche.
Cuando en el proceso de obtención de leche en polvo se utilice vapor de agua que tenga contacto directo con la leche, se deberá cumplir con lo dispuesto en los artículos29, 30 y 31 del presente decreto.