Micelio

Artículo 48

División De Estadísticas Y Base De Datos

Decreto 246 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Estadísticas y Base de Datos . Son funciones de la División de Estadísticas y Base de Datos de la Subdirección de Administración de la Deuda y Registro de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, las siguientes

1.

Administrar los datos procesados por el sistema de información de la Dirección, con fines estadísticos.

2.

Definir y preparar la reglamentación de la estadística de la deuda pública y asesorar a las entidades estatales sobre la forma y modo para el cumplimiento oportuno en el suministro de información.

3.

Orientar y coordinar los procesos para la incorporación de información de las operaciones relacionadas con crédito público y el movimiento de la deuda pública de las entidades estatales en la base única de datos de deuda pública.

4.

Incorporar y/o asesorar a las entidades estatales para la incorporación y codificación de su endeudamiento, en los términos del Artículo 13 de la Ley 533 de 1999 y notificar el código de las deudas registradas a las entidades o dependencias que lo requieran.

5.

Incorporar en la base única de datos de deuda pública de la Dirección, las garantías otorgadas por la Nación a las obligaciones de pago de las entidades estatales.

6.

Coordinar con los demás organismos oficiales o privados, la compilación y procesamiento estadístico de la información sobre la deuda pública.

7.

Consolidar y presentar la información estadística y las proyecciones de la deuda pública de acuerdo con la información suministrada por las dependencias de la Dirección y las entidades estatales.

8.

Efectuar la evaluación de la proyección del servicio de la deuda pública de los establecimientos públicos del orden nacional, para ser incluida en el Presupuesto General de la Nación.

9.

Mantener actualizados los archivos maestros e indicadores diarios de tasas de cambio y tasas de interés del sistema de información de la Dirección.

10.

Estudiar las solicitudes de cesiones de deuda de los prestamistas de la Nación y la garantizada por esta, tramitar las autorizaciones correspondientes e incorporarlas en la base única de datos de deuda pública de la Dirección.

11.

Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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