Secretaría General. A la Secretaría General de la Superintendencia le corresponde desarrollar las siguientes funciones
Colaborar en la formulación de las políticas, planes y programas de la Superintendencia;
La establecida en el literal n) del numeral primero del artículo 6º del presente Decreto;
Atender bajo la dirección del Superintendente y por conducto de las distintas dependencias de la Superintendencia, la prestación de los servicios logísticos y la ejecución de los programas adoptados;
Dirigir y controlar las funciones de las Direcciones Administrativa y Financiera;
Coordinar la ejecución del presupuesto anual de la Superintendencia;
Expedir las certificaciones y autenticaciones que competen a la Superintendencia;
Notificar los actos administrativos emanados de la Superintendencia y designar los notificadores a que haya lugar;
Disponer oportunamente, la publicación de los actos administrativos de carácter general, de acuerdo con lo establecido en la Ley;
Controlar la apertura y el manejo de las cuentas bancarias de la Superintendencia;
Las demás que le sean asignadas por el Superintendente, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.