Micelio

Artículo 8

La Orden De "gran Cooperador" Se Podrá Conceder A

Decreto 3479 de 1981 · por el cual se cea la Orden al Mérito Cooperativo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Orden de "Gran Cooperador" se podrá conceder a .Ministros, Jefes de Departamento Administrativo, Directores de entidades descentralizadas, distinguidas personalidades nacionales o extranjeras y entidades del sector cooperativo que por sus servicios al cooperativismo sean acreedores a esta distinción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3479 de 1981