Si varias personas forman una sola parte, demandante o demandada, todas ellas obran de consumo para provocar la prestación del juramento decisorio, y designan una que lo preste por todas llegado el caso, sin perjuicio de que cada persona a quien se provoque el juramento pueda prestarle por lo que a ella corresponde, y recíprocamente, aceptar que lo preste la contraria.
INSTRUMENTOS PÚBLICOS.