º . Todo desembolso para la adquisición de bienes o servicios que no se destine específicamente a obras y programas sociales que emprendan las Cajas de Compensación con el fin de atender el pago del subsidio familiar en especie o en servicios, se hará con cargo al porcentaje establecido por la ley para gastos de instalación, administración y funcionamiento. El exceso en que incurran las Cajas de Compensación Familiar para gastos de instalación, administración y funcionamiento sobre el porcentaje señalado en el numeral 2 del artículo 6 º del presente Decreto, se tomará como un avance por igual concepto para el ejercicio inmediatamente siguiente, sin perjuicio de las sanciones legales a que hubiere lugar:
Decreto 2337 de 1982 →Vigente
Artículo 8
Decreto 2337 de 1982 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 21 de 1982
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.