La Nación subvenciona con la cantidad de veinte mil pesos ($ 20,000) por kilómetro la construcción de la carretera que unirá a la ciudad de Bucaramanga con la Carretera Central del Norte en el punto denominado El Mortiño.
Autorízase al Gobierno Nacional para expedir los créditos administrativos necesarios para pagar al Departamento de Santander la subvención a que se refiere el inciso anterior.
Dicha subvención se pagará por trayectos mínimos de cinco kilómetros.
Derógase el artículo 7.° de la Ley 53 de 1928 .