Micelio

Artículo 44

Decreto 1480 de 1989 · Por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución, regímenes interno, de responsabilidad y sanciones, y se dictan medidas para el fomento de las Asociaciones Mutualistas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

CONVENIOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Cuando las Asociaciones Mutuales no puedan prestar directamente los servicios a sus asociados, podrán atenderlos celebrando convenios con entidades de la misma naturaleza o del sector cooperativo teniendo en cuenta su objeto social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1480 de 1989