Micelio

Artículo 4

º

Decreto 1250 de 1974 · Por el cual se crea la Promotora del Vacaciones y Recreación Social (PRO-SOCIAL)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Funciones. En desarrollo de sus objetivos, la Empresa tendrá las siguientes funciones: a). Promover y financiar planes de vacaciones para los trabajadores mediante sistemas cómodos de crédito y la utilización de los servicios de alojamiento y transporte, del sector público y privado; b). Estimular y financiar a personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado para que establezcan, amplíen o mejoren centros vacacionales o climáticos, de descanso y recreación, sitios de campamento hospederías o albergues y similares, ubicados en diversas zonas del país, con el objeto de ofrecer a los trabajadores y sus familias, de menores recursos especialmente, lugares, apropiados donde disfruten sus períodos de vacaciones; c). Promover y financiar la construcción de parques recreativos, instalaciones culturales y toda clase de obras destinadas a la sana recreación del trabajador;

Parágrafo

Sin perjuicio de las funciones, principales, que debe desarrollar, la Empresa podrá promover y financiar programas especiales de vacaciones estudiantiles para los hijos de los trabajadores, cuando así lo soliciten organizaciones que realicen planes vacacionales de esta índole.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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