Conjunción de esfuerzos para la adecuada protección del patrimonio colombiano de imágenes en movimiento. Corresponde de manera coordinada al Ministerio de Cultura, a través de las direcciones de Patrimonio y Cinematografía y de la Biblioteca Nacional, está última mediante la adecuada gestión del Depósito Legal, así como al propietario de la obra, velar por el cumplimiento de las obligaciones especiales previstas en la ley en relación con las obras audiovisuales declaradas como bienes de interés cultural, de acuerdo con lo previsto en este decreto y en los actos que expida el Ministerio de Cultura. Para el efecto se podrán celebrar los convenios previstos en las normas vigentes.
(Decreto número 358 de 2000, artículo 16)