Micelio

Artículo 7

Ley 2 de 1917 · Reformatoria de la Ley 11 de 1916

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quedan en estos términos reformados los artículos 1°, 6° y 7° de la Ley II de 1916, la cual queda vigente en todo lo que no sea contraria a la presente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2 de 1917