La Junta General De Socios Se Reunirá En Sesiones Extraordinarias Cuando Sea Convocada Por El Gerente, Por La Junta Directiva O Por Un Número De Socios Que Representa No Menos Del Veinticinco Por Ciento (25%) Del Capital
Decreto 2910 de 1977 · Por el cual se aprueba los estatutos de la Empresa Constructora Didáctica Ltda.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La Junta General de Socios se reunirá en sesiones extraordinarias cuando sea convocada por el Gerente, por la Junta Directiva o por un número de socios que representa no menos del veinticinco por ciento (25%) del Capital. Para las reuniones extraordinarias los socios deben ser convocados mediante comunicación escrita con anterioridad no menor de cinco (5) días calendario; y en la comunicación de convocatoria se insertará el orden del día.
Parágrafo
No obstante lo anterior, estando presente todos los socios, por si o por medio de sus representantes podrá deliberar y adoptar decisiones valientemente aunque no haya precedido convocatoria y aunque la reunión se verifique en cualquier lugar.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.