° Establécese el día 15 de octubre del presente año como fecha límite para que los Rectores de los Institutos docentes no oficiales Calendario A, presenten ante las Secretarías de las Juntas Seccionales Reguladoras de Matrículas y Pensiones, las solicitudes de aprobación de tarifas por concepto de matrícula y pensión mensual de estudios por el año lectivo 1991.
Decreto 2276 de 1990 →Vigente
Artículo 1
Establécese El Día 15 De Octubre Del Presente Año Como Fecha Límite Para Que Los Rectores De Los Institutos Docentes No Oficiales Calendario A, Presenten Ante Las Secretarías De Las Juntas Seccionales Reguladoras De Matrículas Y Pensiones, Las Solicitudes De Aprobación De Tarifas Por Concepto De Matrícula Y Pensión Mensual De Estudios Por El Año Lectivo 1991
Decreto 2276 de 1990 · por el cual se modifica transitoriamente el artículo 18 del Decreto número 3486 de 1981.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.