Transitorio . Los empleados públicos del Sector Administrativo de Salud del Distrito Capital, que a la fecha de expedición del presente decreto estén percibiendo la prima de desgaste y alto riesgo visual y la prima técnica de antigüedad las continuarán percibiendo en los mismos términos y condiciones establecidos para su causación, reconocimiento y pago, mientras subsista su vinculación legal y reglamentaria. Las entidades del Distrito Capital que en virtud de disposiciones anteriores reconocían y pagaban a sus empleados públicos, alguno de los factores de salario señalados en el presente decreto, con alcance y cuantías superiores a las establecidas por el mismo, continuarán liquidando dichos factores sin variación alguna, a los empleados públicos que se encuentren vinculados a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, hasta tanto el servidor se retire de la entidad en la que presta sus servicios. Para quienes se vinculen a las entidades del Distrito Capital, a partir de la vigencia del presente decreto, se les reconocerán los beneficios salariales en los términos y condiciones señalados en este decreto.
Decreto 1498 de 2022 →Vigente
Artículo 17
Transitorio
Decreto 1498 de 2022 · por el cual se dictan normas en materia salarial para los empleados públicos de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., sus entidades descentralizadas, la Personería, Contraloría, Veeduría y del Concejo Distrital y se dictan disposiciones para su reconocimiento.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.