°. Ajuste del área declarada como Zona Franca Permanente objeto del presente Decreto. El usuario operador de la Zona Franca Permanente objeto de este decreto, podrá en cualquier momento solicitar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales o quien haga sus veces, ajuste del área costa afuera, de conformidad con las modificaciones realizadas al área asignada del contrato suscrito con la Agencia Nacional de Hidrocarburos, para lo cual se deberá actualizar la resolución de declaratoria de Zona Franca Permanente. Para las reducciones, extensiones y/o ampliaciones del área continental o insular declarada como Zona Franca Permanente aplicará lo dispuesto en los artículos 393-9 a 393-13 del Decreto número 2685 de 1999, adicionado por el artículo 1° del Decreto número 383 de 2007 o normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
Decreto 2682 de 2014 →Vigente
Artículo 9
Ajuste Del Área Declarada Como Zona Franca Permanente Objeto Del Presente Decreto
Decreto 2682 de 2014 · por el cual se establecen condiciones y requisitos para la declaratoria de existencia de Zonas Francas Permanentes Costa Afuera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.