Micelio

Artículo 3

Los Recaudadores Y Obreros Que Han Sido Absorbidos Por Los Distritos, Serán Afiliados Forzosos De La Caja Nacional De Previsión

Decreto 210 de 1965 · por el cual se adiciona el Decreto número 1949 de 1964, sobre Juntas de Peaje.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los Recaudadores y obreros que han sido absorbidos por los Distritos, serán afiliados forzosos de la Caja Nacional de Previsión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 210 de 1965