Micelio

Artículo 6

Decreto 2884 de 2008 · por el cual se organiza el Sistema Administrativo Nacional de Política Exterior y Relaciones Internacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Integración del Consejo de Política Exterior y Relaciones Internacionales . El Consejo de Política Exterior y Relaciones Internacionales actuará bajo la dirección del Presidente de la República y estará integrado por el Vicepresidente de la República y los Ministros del Despacho.

Parágrafo 1

Por decisión del Ministro de Relaciones Exteriores se podrá invitar a las sesiones del Consejo, de manera permanente o transitoria, a los representantes de entidades estatales de cualquier nivel, del sector privado, de la academia o de la sociedad civil.

Parágrafo 2

La Secretaría Técnica del Consejo será ejercida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2884 de 2008