Micelio

Artículo 130

De Los Salvoconductos Para Especies Silvestres

Decreto 1601 de 1984 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V y VII de la Ley 09 de 1979, en cuanto a Sanidad Portuaria y Vigilancia Epidemiológica en naves y vehículos terrestres

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los salvoconductos para especies silvestres. El Instituto Nacional de Recursos Naturales Renovables expedirá los salvoconductos para el transporte de especies silvestres vegetales o animales y en especial de especímenes de la fauna acuática, indicando el lugar de salida y la distancia del lugar de destino, así como la vigencia de los mismos. CAPITULO XI. De las medidas sanitarias, las sanciones y los procedimientos MEDIDAS DE SEGURIDAD

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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