A partir de la promulgación del presente decreto, el Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte (Coldeportes) otorgará personería jurídica a las federaciones deportivas nacionales y las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes a los clubes y ligas deportivos y reconocerán sus representantes legales.
I. El Gobierno Nacional determinará los requisitos para otorgarlas y las causales para suspender e cancelar la personería jurídica.
II. La personería jurídica otorgada a los organismos deportivos antes de la promulgación del presente decreto continuará vigente.