Artículo primero. Dispónese la cesión, a título gratuito, a favor de la Caja de la Vivienda Militar, con destino a Viviendas Fiscales, de las zonas de terreno, con todas sus anexidades y dependencias, situadas en la ciudad de Bogotá, aledañas al Monumento de los Héroes, inicialmente destinadas para viviendas militares en los proyectos y planos de la Autopista que de Bogotá conduce al Puente del Común, y facúltase al Ministro de Obras Públicas para que fije los linderos y cabidas de tales zonas, otorgue la respectiva escritura pública de cesión y la firme en representación de la Nación.
Decreto 212 de 1955 →Vigente
Artículo 1
Decreto 212 de 1955 · Por el cual se dispone la cesión de unos inmuebles de la Nación a la caja de la Vivienda Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.