Micelio

Artículo 20

Decreto 631 de 1985 · Por el cual se dictan normas referente a los Sistemas Especiales de Importación-Exportación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para poder hacer uso del derecho de reposición, el exportador correspondiente, previamente a la realización de la exportación, deberá registrar esta última en el formulario único de exportación aplicable a los Sistemas Especiales de Importación-Exportación. CAPITULO IV. DE LAS NORMAS SOBRE FINANCIACIÓN.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 631 de 1985