Micelio

Artículo 37

Las Secciones De Encomiendas Postales Del Exterior Quedan Obligadas A Suministrar A Las Oficinas De Correos Todos Los Datos Que Les Sean Solicitados Acerca Del Curso Dado A Las Encomiendas Procedentes Del Exterior, Y A Contestar En Un Término No Mayor De Treinta Y Seis Horas A Partir De La Fecha De Su Recibo, Todas Las Regnisitorias Procedentes De Las Oficinas Extranjeras En Que Se Inquiera Por El Curso De Paquetes Contentivos De Artículos Gravados Con Derechos De Importación O Que Hayan Entrado A Las Secciones Como Encomiendas O Recomendados

Decreto 985 de 1925 · Por el cual se organiza el servicio de encomiendas del Exterior y la importación de mercancías por medio de recomendados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las Secciones de Encomiendas Postales del Exterior quedan obligadas a suministrar a las Oficinas de Correos todos los datos que les sean solicitados acerca del curso dado a las encomiendas procedentes del Exterior, y a contestar en un término no mayor de treinta y seis horas a partir de la fecha de su recibo, todas las regnisitorias procedentes de las oficinas extranjeras en que se inquiera por el curso de paquetes contentivos de artículos gravados con derechos de importación o que hayan entrado a las Secciones como encomiendas o recomendados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 985 de 1925