º . Adopción de procedimientos. En cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 1º del artículo 14 de la Ley 60 de 1993, los Departamentos y Distritos deberán demostrar que han adoptado los procedimientos para la programación, ejecución, evaluación, control y seguimiento físico y financiero de los programas de salud. Dicho requisito se acreditará con el documento suscrito por el jefe de la entidad territorial en el cual se determinen las dependencias u organismos competentes y las relaciones de coordinación entre las mismas o con otras reparticiones para el desarrollo de cada uno de los procesos mencionados. Metodología para la elaboración anual del Plan Sectorial de Salud
Decreto 1770 de 1994 →Vigente
Artículo 4
º
Decreto 1770 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente los artículos 13, 14 y 16 de la Ley 60 de 1993, en relación con la certificación de requisitos para la administración autónoma del Situado Fiscal para la salud por parte de los Departamentos, Distritos y Municipios, son procedimientos y formalidades
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.