De la presentación de la solicitudy de reglamento interno . Los interesados en que una sociedad sea calificada como parque industrial, deberán presentar la solicitud al Ministerio de Desarrollo Económico, acompañada de la copia de la escritura de constitución de la sociedad, del certificado con el cual se acredite su existencia de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 de Código de Comercio o del certificado de la superintendencia, según el caso, y el proyecto de reglamento interno, que contendrá principalmente
Determinación de los servicios comunes que el parque industrial presentara a las empresas que en él se ubique y de las condiciones bajo las cuales estas podrán hacer uso de ellos;
Régimen de contratación que se utilizara para regular las relaciones entre el parque industrial y las empresas usuarias del mismo;
Régimen de administración del parque;
Normas de saneamiento ambiental.
De la consulta previa. Toda persona natural o jurídica puede elevar el Ministerio de Desarrollo Económico consulta previa acerca de la viabilidad de la organización de una sociedad comercial o cooperativa con el carácter del parque industrial. La respuesta a la consulta previa indicara en forma general las condiciones que la sociedad deberá reunir para ser calificada como parque industrial. La respuesta a la consulta previa tiene u carácter exclusivamente informativo y no confiere derecho ni define situaciones jurídicas particulares.
De la calificación. Si una sociedad de calificada por el Ministerio de Desarrollo Económico como parque industrial tendrá derecho a gozar de los incentivos que el presente Decreto establece. La calificación como parque industrial, se hará mediante resolución del Ministerio de Desarrollo Económico, previos conceptos favorables del Departamento Nacional de Planeación