Art. 2.° Los sueldos mensuales de los empleados del Colegio serán los siguientes, desde el presente mes: El Rector $ 4,000 El Vicerrector 2.500 El Perfecto Secretario 1,500 Los Inspectores, cada uno 1,000 Los Catedráticos, cada uno 200 El portero 300
Decreto 651 de 1903 →Vigente
Artículo 2
Decreto 651 de 1903 · Por el cual se reforman los Decretos números 293 y 387, de 5 y de 26 de marzo último, respectivamente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.