Micelio

Artículo 5

Ley 73 de 1917 · por la cual se reforman las leyes sobre división territorial judicial y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir del 1º de junio de 1918 en adelante, suprímese el Circuito Judicial de Leiva en el Distrito Judicial de Tunja.

Los Municipios de Chíquiza, Sáchica, Sutamarchán y Leiva se agregan al Circuito Judicial de Tunja; los de Ráquira y Tinjacá al Circuito Judicial de Chiquinquirá, a partir de la misma fecha.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 73 de 1917