Uso de las cafeterías. Los empleados al servicio de la Universidad, podrán hacer uso de las cafeterías de la misma, cualquiera que sea su remuneración, con las mismas limitaciones y beneficios establecidos para los estudiantes.
Decreto 1234 de 1971 →Vigente
Artículo 29
Uso De Las Cafeterías
Decreto 1234 de 1971 · Por el cual se aprueba parcialmente el Acuerdo número 98 de 1970 del Consejo Superior de la Universidad Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.