Micelio

Artículo 1

El Concordato Preventivo Tiene Por Finalidad Convenir: La Simple Espera De Los Acreedores, O El Pago Escalonado O Parcial De Sus Créditos; La Concesión De Quitas; La Enajenación O Gravamen De Los Bienes Del Deudor; La Administración De Éstos Por Una Tercera Persona O Por Los Acreedores, O La Simple Vigilancia De La Gestión Del Deudor; Y En General, La Reglamentación De Las Relaciones Entre El Deudor Y Los Acreedores

Decreto 2264 de 1969 · Por el cual se expide y pone en vigencia el Título de Concordato Preventivo y Quiebra del Proyecto de Código de Comercio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El concordato preventivo tiene por finalidad convenir: La simple espera de los acreedores, o el pago escalonado o parcial de sus créditos; la concesión de quitas; la enajenación o gravamen de los bienes del deudor; la administración de éstos por una tercera persona o por los acreedores, o la simple vigilancia de la gestión del deudor; y en general, la reglamentación de las relaciones entre el deudor y los acreedores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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