° Trasládase en el Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1.° de enero a 31 de diciembre de 1922, del Ministerio de Guerra, capítulo 4 6, gastos varios, artículo 442, la suma de veinticinco mil pesos ($ 25,000), a la siguiente imputación: MINISTERIO DE GUERRA CAPITULO 47 Vigencia anterior. Artículo 445. Para atender al pago de los saldos pendientes, referentes a la vigencia fiscal de 1921 $25,000 Total $25,000
Decreto 665 de 1922 →Vigente
Artículo 1
Trasládase En El Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Fiscal De 1
Decreto 665 de 1922 · Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.