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Artículo 2

A Partir Del 1º De Enero De 2012, La Asignación Básica Mensual Para Los Empleados De La Unidad Administrativa Especial Dirección De Impuestos Y Aduanas Nacionales Quedará Así: Grado Salarial Directivo Asesor Profesional Técnico Asistencial

Decreto 835 de 2012 · por el cual se fija la escala de asignación básica para los empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y se dictan otras disposiciones en materia salarial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. A partir del 1º de enero de 2012, la asignación básica mensual para los empleados de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales quedará así: Grado Salarial Directivo Asesor Profesional Técnico Asistencial .01 3.733.855 5.159.630 2.437.061 1.464.137 1.030.176 .02 4.123.757 5.911.092 2.858.050 1.669.200 1.229.671 .03 5.159.630 6.677.277 3.344.050 1.926.829 1.426.937 .04 5.911.092 3.528.755 2.286.390 1.496.257 .05 7.051.619 3.926.225 2.565.892 .06 8.792.686 4.518.594 .07 9.112.775 5.537.812 .08 6.297.863

Parágrafo

En la escala salarial fijada en el presente artículo, la primera columna señala los grados correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda y siguientes columnas indican la asignación básica mensual establecida para cada nivel y grado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 835 de 2012