Micelio

Artículo 2

Reconocimiento

Ley 2567 de 2026 · por medio de la cual la República de Colombia rinde público homenaje a las víctimas de la Guerra de los Mil Días, se exalta la Basílica Menor del Voto Nacional como signo de reconciliación y de paz, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Declárese el 22 de junio de cada año como el “día del reconocimiento a las víctimas de la Guerra de los Mil Días, búsqueda de la paz social y la reconciliación política” .

En este día, se autoriza a las entidades públicas del orden nacional y territorial para que implementen las políticas, planes, acciones, eventos, foros, homenajes y/o audiencias públicas tendientes a recordar a las víctimas de la Guerra de los Mil Días, y encaminadas hacia la búsqueda de la paz social y la reconciliación política, como forma de evitar que se repitan hechos dolorosos para el país como consecuencia de la violencia.

Las entidades de naturaleza privada propenderán por igual fin, en el marco de su autonomía y competencias.

Parágrafo

Autorícese cada año, en virtud del “día del reconocimiento a las víctimas de la Guerra de los Mil Días, búsqueda de la paz social y la reconciliación política” , la Presidencia de la República, las Altas Cortes y el Congreso de la República, en coordinación con la Alcaldía Mayor de Bogotá, llevar a cabo un homenaje público que persiga el fin previsto en este artículo, el cual tendrá lugar en la “Plaza de los Mártires” o el sitio que haga sus veces.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2567 de 2026