Las Sanciones Disciplinarias Son: A) La Amonestación Privada; B) La Amonestación Escrita, Con Anotación En La Hoja De Servicios Del Empleado; C) Multa Que No Exceda De La Quinta Parte Del Sueldo Mensual, De Acuerdo Con Lo Que Establezcan Los Reglamentos De Trabajo; D) La Suspensión En El Ejercicio Del Cargo Hasta Por Dos Meses Sin Derecho A Remuneración, Y E) La Destitución O Revocación Del Nombramiento
Decreto 1732 de 1960 · Sobre Servicio Civil y Carrera Administrativa
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Las sanciones disciplinarias son
a)
La amonestación privada;
b)
La amonestación escrita, con anotación en la hoja de servicios del empleado;
c)
Multa que no exceda de la quinta parte del sueldo mensual, de acuerdo con lo que establezcan los reglamentos de trabajo;
d)
La suspensión en el ejercicio del cargo hasta por dos meses sin derecho a remuneración, y
e)
La destitución o revocación del nombramiento.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.