Micelio

Artículo 6

Caja Familia

Ley 2317 de 2023 · mediante la cual se establecen los lineamientos para la formulación de la política pública de nutrición prenatal y seguridad alimentaria gestacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Salud y Protección Social, en coordinación con las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios, (EAPB), diseñará una estrategia para la entrega de suplementos alimentarios y alimentos completos que cumplan con los requerimientos nutricionales prescritos por médicos tratantes, para las mujeres gestantes pertenecientes a poblaciones vulnerables que por circunstancias. socioeconómicas no puedan sufragar por sus propios medios económicos una adecuada seguridad alimentaria gestacional. La entrega de la caja familia se debe hacer de forma periódica durante el embarazo y hasta los seis (6) meses posteriores al parto, con el debido seguimiento que permita garantizar el buen estado de salud general de la mujer.

Parágrafo

Para la entrega de suplementos y demás alimentos de que trata el presente artículo, el Ministerio de Salud y Protección Social se articulará con las entidades territoriales, quienes a su vez podrán aunar esfuerzos con los diferentes actores de la cooperación internacional, el sector privado, las Entidades sin Ánimo de Lucro (ESAL), y la sociedad civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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