Micelio

Artículo 53

Las Personas Comprendidas En El Artículo Anterior Podrán Acogerse Al Régimen Del Seguro Facultativo Cuando El Instituto Lo Establezca Y Siempre Que Satisfagan Los Requisitos Que Para El Efecto Se Estipulen

Decreto 2623 de 1950 · por el cual se aprueba el Reglamento General del Seguro Obligatorio de Riesgos Profesionales (accidentes del trabajo y enfermedades profesionales).

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las personas comprendidas en el artículo anterior podrán acogerse al régimen del seguro facultativo cuando el Instituto lo establezca y siempre que satisfagan los requisitos que para el efecto se estipulen. Igualmente será facultativo al régimen del Seguro

a)

Para los trabajadores comprendidos en el artículo 51 ordinal 2º, de este reglamento, mientras el Instituto no los incorpore al sistema obligatorio;

b)

Para los trabajadores independientes cuyos ingresos normales no excedan de dos mil cuatrocientos pesos ($2.400.oo) al año, y que no tengan patrimonio mayor de quince mil pesos ($15.000.oo).

c)

Para los trabajadores independientes que tengan dos o más personas que dependan de ellos para su subsistencia y vivan bajo su mismo techo, siempre que sus ingresos mensuales no excedan de cuatro mil ochocientos pesos ($4.800.oo) al año y que su patrimonio no pase de treinta mil pesos ($30.000.oo).

d)

Para los trabajadores que habiendo estado sujetos al seguro obligatorio dejen de estarlo por cualquier circunstancia, y

e)

Para los trabajadores rurales que figuren como aparceros o arrendatarios de estancias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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