º Las Juntas Administradoras de Deporte incrementarán el número de sus miembros en la medida en que ello sea necesario para dar cumplimiento al artículo anterior.
Decreto 260 de 1970 →Vigente
Artículo 2
Las Juntas Administradoras De Deporte Incrementarán El Número De Sus Miembros En La Medida En Que Ello Sea Necesario Para Dar Cumplimiento Al Artículo Anterior
Decreto 260 de 1970 · Por la cual se amplía la composición de las Juntas Administradoras de Deporte.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.